Estatutos - Iglesia Eben-Ezer

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Estatutos

E S T A T U T O S DE LA IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER”

PREAMBULO

Dios, según las enseñanzas de la Palabra revelada, ha declarado hijos suyos a todos los redimidos por su Hijo Jesucristo y los ha constituido miembros de su Iglesia. Reflejo de esta Iglesia única y universal, es la agrupación de sus discípulos en el ámbito local.

ARTICULO 1.- IDENTIFICACIÓN Y DOMICILIO

A los efectos de identificación esta Iglesia, a la que pertenecen estos Estatutos, responde al nombre de IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER”.
El domicilio oficial de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” esta en la ciudad de Avilés (Asturias), calle Dr. Jiménez Díaz nº 13.

ARTICULO 2.- LAS SAGRADAS ESCRITURAS

Las doctrinas y prácticas de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” surgen del cuidadoso examen de la Palabra de Dios, de acuerdo con las enseñanzas del Nuevo Testamento.

ARTICULO 3.- DOCTRINA

La doctrina en la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” no puede formularse en credos. Basta el cuidadoso examen de la Palabra revelada, bajo la dirección del Espíritu Santo, el Señor Jesucristo, su obra redentora, la obra del Espíritu Santo, et…

ARTICULO 4.- LA IGLESIA

Las enseñanzas novo testamentarias afirman que la Iglesia se compone de todos los verdaderos creyentes en Jesucristo. Por esto entendemos que la Iglesia de Jesucristo no puede ser fraccionada en denominaciones, ni por fronteras nacionales, provinciales, etc.

ARTICULO 5.- ASAMBLEAS LOCALES

Por el estudio del Nuevo Testamento se comprende que los apóstoles y sus colaboradores predicaban el Evangelio, reuniendo luego en asambleas locales a los nuevos discípulos. Los miembros de estas iglesias se reunían a los efectos de la oración, alabanza, edificación espiritual y testimonio frente al mundo, reflejando así en determinada localidad la realidad de una asamblea cristiana.
LA IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” en Avilés procura persistir en esta norma apostólica, declarándose autónoma en el sentido de que no esta sujeta a dirección exterior sino sumisa a Jesucristo como Señor.

ARTICULO 6.- REUNION DEL PARTIMIENTO DEL PAN

Periódicamente esta IGLESIA CRISTIANA EVAGELICA “EBEN-EZER” , se reunirá para celebrar el denominado “Partimiento del Pan” o “Cena del Señor”, observando las siguientes precisiones:
Dicha celebración será, en todo caso, una reunión abierta a la participación de todos y cada uno de los asistentes, sin que para esta participación sea precisa la calidad de miembro de la Iglesia.los asistentes tienen acceso a la Participación del Pan y del Vino. Ningún miembro de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” tienen derecho a negar, impedir o estorbar dicha participación, ni a supervisar o controlar la misma.

ARTICULO 7.- TESTIMONIO

Todos y cada uno de los miembros de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” tienen la responsabilidad delante del Señor y en obediencia a su Palabra de testificar de su fe cristiana por medio de la palabra hablada, escrita y por todos los medios de difusión a su alcance, tanto privada como públicamente.

ARTICULO 8.- MEDIOS DE DIFUSIÓN

Es función de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” el editar, imprimir, filmar, multicopiar, grabar y distribuir toda clase de materiales para realizar los fines indicados en los artículos 5 y 7.

ARTICULO 9.- FRATERNIDAD

La IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” promoverá la comunión fraternal con otras iglesias o instituciones nacionales o extranjeras, así como con los miembros de dicha iglesias e instituciones. Todo ello sin distinción de denominaciones.

ARTICULO 10.- INSTITUCIONES

Igualmente es función de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” el promover instituciones de carácter espiritual, cultural, educacional y benéfico.

ARTICULO 11.- TRABAJO EN EL MINISTERIO

La IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” procura la formación, reconocimiento y sostenimiento, si fuere preciso, de los que trabajan en el ministerio de la iglesia o servicios afines a la misma, sin que el mencionado sostenimiento revista obligatoriedad por parte de la iglesia, pudiendo ésta prescindir de esa ayuda cuando lo crea conveniente, dentro de los que las leyes al respecto determinen.

ARTICULO 12.- SECCIONES LOCALES

La IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” promoverá la formación de secciones locales partiendo de un mínimo de tres miembros. Esta iglesia reconoce el derecho de esas secciones locales a constituirse en iglesias autónomas, bastando para ello que lo decidan por ellas mismas en asamblea.

ARTICULO 13.- RELACIÓN CON OTRAS IGLESIAS

La IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” se siente unida por el amor y la comunión a otras iglesias sin distinción de denominaciones, lo que da lugar, a la ayuda mutua en el ministerio y en determinadas obras y servicios de interés común, sin que esta iglesia se integre en denominación alguna.

ARTICULO 14.- GOBIERNO

La máxima autoridad de la Iglesia de Jesucristo, no obstante, el Nuevo Testamento nos enseña que cada iglesia local debe estar dotada de un equipo de gobierno compuesto por hermanos-as responsables y capacitados para el desempeño de esta misión.

ARTICULO 15.- ¿QUIENES PUEDEN PERTENECER AL EQUIPO DE GOBIERNO?

Los hermanos-as llamados a gobernar la iglesia local han de ser necesariamente miembros de la misma, acreditados ante el resto de los miembros de esta congregación y elegidos mediante votación secreta en asamblea general, convocada al efecto.

ARTICULO 16.- ELECCIÓN

Para ser electores será necesario y suficiente que al momento de la votación hayan cumplido 16 años y sean miembros de esta iglesia local.
Las elecciones al Consejo se harán cada dos años, para ser miembros del Consejo habrá de obtenerse como mínimo el 50% de los votos escrutados.

Se podrá votar por “correo” los cuales se añadirán al comienzo de la votación, al resto de las papeletas.
Al finalizar la votación se solicitaran dos voluntarios para ayudar al secretario en el recuento de los votos.

ARTICULO 17.- EQUIPO DE GOBIERNO

El equipo de gobierno de esta iglesia esta compuesta por los siguientes miembros:

El PresidenteSecretarioTesoreroCoordinador de ServiciosCoordinador Social

El Consejo de esta iglesia ha de estar constituido por un mínimo de cinco miembros. En el caso de que los que obtengan el 50% de los votos no alcancen esta cifra se tomaran los que más se hayan aproximado a este porcentaje hasta completar el número de cinco.

ARTÍCULO 18.- FACULTADES Y RESPONSABILIDADES

El equipo de gobierno o Consejo tiene la responsabilidad y facultad de realizar todas las acciones necesarias propias de la personalidad jurídica de esta iglesia, así como administrar el patrimonio de la iglesia y dar cuenta de su gestión a toda la asamblea, al menos una vez al año.

ARTICULO 19.- ¿QUIENES SON MIEMBROS DE ESTA IGLESIA LOCAL?

Se reconocen como miembros de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” a todos aquellos que estando de acuerdo con la profesión de fe
expresada en los presentes estatutos, manifiesten su deseo de ser miembros de la iglesia.

ARTICULO 20.- DISOLUCIÓN

Son causas de disolución de esta asociación, las siguientes:
La reducción de sus miembros al número de tres.acuerdo unánime de todos sus miembros tomado en asamblea.

En caso de disolución de esta iglesia local, los bienes existentes serán destinados a:
Cualquier institución evangélica dentro de la misma ciudad de Avilés o
para la fundación de una nueva iglesia en esta localidad.
Ídem. Que el párrafo anterior, pero dentro de la provincia.

ARTICULO 21.- BAUTISMO

Cada nuevo miembro de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER” tienen el deber a testificar de su fe públicamente por medio del bautismo en agua, si antes no lo hizo ya en otra iglesia, cualquiera que fuese la denominación de esta.

ARTICULO 22.- MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS

Los presentes estatutos únicamente podrán ser modificados en virtud de acuerdo tomado por los miembros de la IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA “EBEN-EZER”.

En Avilés a 1 de Marzo de 2002
 
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